IVE

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IVE - Interrupción voluntaria del Embarazo - Ley 27610

Es el derecho a solicitar el aborto teniendo como requisito que se realice hasta la semana 14 inclusive de gestación

La ley garantiza:

El derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional.

El derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo a partir de la semana 15 del proceso gestacional en las siguientes situaciones:

-Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente. En los casos de personas menores de 13 años de edad, la declaración jurada no será requerida.

-Si estuviera en peligro la vida o la salud de la persona gestante.

(Lo puede cubrir cualquier centro de Salud del Sistema público, su Obra social o Prepaga.)



Consentimiento del paciente:

La ley establece que previo a la realización de la interrupción voluntaria del embarazo se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito. Nadie puede ser sustituido en el ejercicio personal de este derecho.

En el caso de personas menores de edad, la solicitud de la interrupción voluntaria del embarazo deberá ser efectuada de la siguiente manera:

a) Las personas mayores de dieciséis (16) años de edad tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento a fin de ejercer los derechos que otorga la ley.

b) En los casos de personas menores de dieciséis (16) años de edad, se requerirá su consentimiento informado en los términos del artículo 7º de la Ley.

La práctica se realiza utilizando Misoprostol, el cual puede ser administrado por vía bucal, vaginal o sublingual.

La elección de la vía de administración debe ser acordada por la gestante.

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PLENUM SERVICIOS MÉDICOS - ATENCIÓN DOMICILIARIA - ATENCIÓN 24 HS.

0810-999-0858
4952-6009

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URGENCIAS - PARAMEDIC

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